No te pierdas nada
Últimas noticias
9 de noviembre de 2024
El Consejo Canario de Enfermería dona 5.000 euros para los afectados por la DANA en Valencia
La Junta de Gobierno del Consejo Canario de Colegios de Enfermería, entidad que aglutina a las…
12 de junio de 2024
Se abre el plazo de inscripción para la 3ª edición de la Maestría en Enfermería Escolar de la ULPGC
A partir del próximo día 15 de junio se abre el plazo para las inscripciones a la tercera edición…
18 de septiembre de 2023
Concurso de Traslados SCS. Adjudicación de plazas Definitivas
El Boletín Oficial de Canarias ha publicado hoy la resolución del Servicio Canario de Salud por la…
Atento a nuestras actividades
Próximos eventos
Marzo, 2025
¿Podemos Ayudarte?
Preguntas frecuentes
¿Alguna pregunta?
La condición de colegiado viene regulado por los estatutos colegiales de cada Institución. De esa forma, en el Colegio de Enfermería de Las Palmas está recogido en el Artículo 6, relativa a la Adquisición de la cualidad de colegiada y colegiado donde se detalla que:
“a) Podrán incorporarse al Colegio Oficial de Enfermería de Las Palmas, con igualdad de derechos corporativos, todas las personas que estén en posesión de cualquier título habilitante para el ejercicio de la profesión, según el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, o norma que la sustituya en el futuro”.
“Asimismo, podrán incorporarse aquellas personas que hayan homologado un título de un país extracomunitario, conforme al Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, de declaración de equivalencia y de convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores. O norma española anterior en vigor en el momento de la homologación. O norma que la sustituya en el futuro”.
En cuanto a los requisitos de colegiación para el Colegio Oficial de Enfermería de Tenerife, los estatutos recogen las condiciones en el artículo 12 y concreta que
“En el Colegio Oficial de Enfermería de Santa Cruz de Tenerife se incorporarán con carácter obligatorio e igualdad de derechos corporativos quienes se encuentren en posesión del correspondiente Título de Diplomado en Enfermería, A.T.S., Practicante, Enfermeros/as o Matronas y tengan el propósito de ejercer su profesión en el ámbito de la provincia de Santa Cruz de Tenerife“. y “También podrán incorporarse, voluntariamente como no ejercientes, quienes ostentando alguno de los títulos señalados en el párrafo anterior no estuviesen en el ejercicio de la profesión”.
Accede a toda la información relativa al procedimiento del colegiación que se ofrece en la web de cada Colegio Progesional.
- Procedimiento de colegiación en el Colegio de Enfermería de Las Palmas. Accede al proceso de alta nueva (por traslado de expediente o por nuevo ingreso) desde el portal colegial haciendo click aquí.
- Procedimiento de colegiación en el Colegio Oficial de Enfermería de Tenerife. Dispones de la información del proceso de alta haciendo click aquí
El proceso de colegiación se hace efectivo en 24-48h días dado que requiere de comprobación de la documentación necesaria.